ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE HERMANAMIENTOS DE LOS PUEBLOS DEL MUNDO Y LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE ANDALUCIA (AHEPUMUCIA) CAPITULO I Artículo 1. – Con la denominación ASOCIACIÓN DE HERMANAMIENTOS DE LOS PUEBLOS DEL MUNDO Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE ANDALUCIA (AHEPUMUCIA) se constituye una ASOCIACIÓN al amparo dela Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas complementarias, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de animo de lucro. Artículo 2. – Esta asociación se constituye por tiempo indefinido. Artículo 3. – La existencia de esta asociación tiene como fines: Que el derecho internacional reconoce como imprescindible la unidad y hermandad de los pueblos del mundo, por similitudes toponímicas, que la mutua relación permite a los gobiernos locales, a las organizaciones sociales, emprender acciones que conlleven al incremento del comercio, el aprovechamiento técnico, el fomento y el uso de las riquezas naturales y turísticas, para consolidar el ...